I.- INTRODUCCION

El presente Proyecto Educativo consigna la identidad y proyección del Establecimiento en un período de tiempo que comprende a lo menos 5 años desde su fecha de elaboración.

En su preparación han participado los estamentos que lo conforman realizando la actualización correspondiente a la realidad que en enfrenta en la actualidad. Contiene por lo tanto la Visión, la Misión y objetivos institucionales marco filosófico, legal que responden a las necesidades y características detectadas en un diagnóstico actualizado de las diferentes dimensiones de la gestión escolar.

El quehacer pedagógico del Establecimiento corresponde a lo Establecido en Planes y Programas y otras normas legales reguladas por el Ministerio de Educación. En el ámbito interno la Escuela se rige por un Reglamento Interno con su respectivo Manual de convivencia y un Reglamento de Evaluación basado en el Decreto Nº 511, los que son actualizados cada año según realidades emergentes.

jueves, 13 de noviembre de 2008

10.-DE LOS APODERADOS

- Tendrá carácter de apoderado la persona que se haya identificado como tal en la Ficha de Matrícula del alumno colocando su número de RUT, firma y dirección.
La persona que tiene esta responsabilidad debe:
a.- Tener más de 18 años de edad.
b.- Residir, en lo posible, en el domicilio del alumno.
10.1.- DEBERES
1.- El apoderado que matricule debe ser un familiar directo, mayor de 18 años, y que viva con el alumno.
2.- Entregar en forma veraz la información requerida en la ficha de matrícula, sin omitir información relevante tales como diagnósticos de profesionales, estados de salud, certificaciones de estudio, etc.
3.- Sólo el apoderado titular podrá retirar documentación oficial y/o al alumno en período de clases.
4.- Será obligación del apoderado poner en conocimiento y presentar la documentación pertinente frente a situaciones legales del Tribunal de la Familia, referida a la prohibición de visitas o retirar alumnos del Establecimiento.
5.- Tener una participación activa en el proceso de aprendizaje entregando un apoyo a su pupilo en forma coordinada con el Establecimiento.
6.- Entregar a los profesores la información veraz del estado de salud (física o sicológica), para un mejor manejo y apoyo de la condición del niño(a) dentro del establecimiento.
7.- El apoderado que reciba la información de que su pupilo manifiesta algún trastorno físico, mental o emocional por parte del profesor correspondiente, deberá llevarlo a la unidad profesional pertinente para su diagnóstico y tratamiento, en el plazo no superior a un mes.
8.- Los apoderados que tengan sus pupilos en tratamiento por enfermedad física, mental o emocional, tendrán la obligación de mantener el tratamiento medicamentoso y de controles.
9.- Asistir a todas las reuniones citadas por el Colegio. En caso de no poder asistir establecerá contacto a la brevedad con la persona que cursó la citación en el horario que ésta tenga disponible para atención de apoderados.
10.- El apoderado que falte a tres reuniones (justificadas o no), deberá firmar una ficha de compromiso en la Dirección del Establecimiento.
11.- En el caso de necesitar entrevista por motivos de trabajo o fuerza mayor, en horario distinto al establecido, deberá solicitar hora de atención a través de la libreta de comunicaciones del alumno en un horario que el Establecimiento o el profesor disponga.
12.- Retirar personalmente a su pupilo cuando lo requiera antes del horario de salida, o por persona autorizada en la ficha de matrícula.
13.- Revisar periódicamente la libreta de comunicaciones de su pupilo y firmar las comunicaciones al tomar conocimiento. Al solicitarse material deberá proveerlo en la cantidad y de acuerdo a las especificaciones solicitados por el profesor, teniendo en cuenta que un niño sin materiales no participará de las actividades programadas, por lo tanto no habrá logro de aprendizaje. El Colegio no se responsabiliza de los aprendizajes ante tales incumplimientos, los que deberán quedar registrados para su posterior análisis.
14.- Será responsable de la asistencia, puntualidad y presentación personal de su pupilo.
15.- No interrumpir las clases con el fin de cautelar la calidad de su desarrollo. En caso de requerir o entregar información deberá hacerlo en la Dirección o esperar a concretar la entrevista en el horario de atención de apoderados asignado por el profesor.
16.- Comunicar oportunamente al profesor de curso la contratación de transporte escolar, identificando por escrito al conductor y al vehículo contratado. Será además su deber cambiar de transporte cuando haya incumplimiento de horario en la llegada o retiro de los alumnos.
17.- Concurrir a toda citación en el día y hora asignada.
18.- Retirar oportunamente a su pupilo en el horario de salida. Los alumnos serán entregados a la hora establecida en la entrada del Establecimiento concluyendo con ello su responsabilidad sobre el alumno(a), tanto del Nivel Parvulario como de Educación Básica.
19.- Atender los problemas surgidos como consecuencia del quehacer educativo en las siguientes instancias jerárquicas:
- Profesor Jefe.
- Director.
20.- Ante la inasistencia del apoderado a reunión debe justificar personalmente en inspectoría inmediatamente al día siguiente de su realización.
21.- Cuando el apoderado tenga reiteradas inasistencias a reuniones y no se comprometa con sus responsabilidades como tal, se enviará su caso a la asistente social del DAEM, y en el caso que corresponda al Tribunal de la Familia.
22.- Comunicar en forma oportuna las causales de inasistencia de su pupilo, presentando la certificación medica cuando corresponda.
23.- Cautelar que su pupilo no porte objetos valiosos. El Establecimiento no se responsabilizará por extravíos.
24.- Evitar que su pupilo porte objetos corto punzante u otro que atenten contra su integridad o la de sus compañeros.
25.- Marcar con el nombre de su pupilo tanto la vestimenta como útiles escolares con el fin de evitar extravíos o hurtos. El Establecimiento no se responsabiliza ante pérdidas.
26.- Mantener un trato respetuoso y una actitud de colaboración ante los miembros de la Escuela considerando que la labor educativa necesita de un espíritu solidario y de colaboración para el desarrollo integral del alumno.
27.- Responder por daños causados por su pupilo al Establecimiento o a otra persona integrante de la Unidad Educativa.
28.-Reforzar los hábitos de estudio, de aseo, de higiene, de presentación personal y de actitud social de sus hijos o pupilos.
29.- Justificar personalmente las ausencias de su pupilo(a)
30.- El Establecimiento estará obligado por ley a denunciar cualquier indicio de abuso, abandono, maltrato físico o sicológico al alumno.
31.-Los Padres y Apoderados no podrán ingresar al local escolar salas de clases u otras dependencias durante las horas de clases. Cualquier consulta o entrevista con Dirección y Profesores se realizará en la Inspectoría o en un horario que establezca la disponibilidad horaria del docente.
32.- Los apoderados ingresarán solamente hasta la sala de recepción de portería. Todo lo anterior para seguridad y buen funcionamiento del colegio.
33.- Los apoderados que ocuparen cargos directivos deberán demostrar en todo momento integridad ètica y moral, guardando lealtad y compromiso con la imagen corporativa del Establecimiento.
10.2. DERECHOS
1.- A ser atendido en entrevista por los diferentes estamentos del Establecimiento en los horarios establecidos.
2.- Recibir orientación para un mejor apoyo por parte del hogar para su pupilo.
3.- Recibir oportuna información acerca del avance de su pupilo. Se incluye un informe Trimestral en Educación Básica y un Informe Semestral en la Educación Parvularia.
4.- Hacer uso de la Biblioteca para Apoderados.
5.- Ser informado por escrito o telefónicamente sobre cualquier novedad ocurrida a su pupilo durante la jornada.
10.3. PERDERA SU CONDICION DE TAL
1.- Cuando constituya un riesgo para la integridad física y/o sicológica del alumno, comprometiéndose a ser reemplazado en lo posible por el familiar más cercano al alumno.
2.- Por abandono de su pupilo ya sea por: inasistencia a reuniones, abandono del hogar, falta de apoyo a la función educativa debiendo ser reemplazado por otro familiar.
3.- Cuando deteriore o entorpezca el normal funcionamiento de las actividades del Establecimiento en forma reiterada ingresando a la sala de clases y colegio sin autorización generando conflictos.
4.-Incumplimiento de compromisos económicos sin haber logrado convenio con el Directorio (Centro de Padres y Apoderados).

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