Artículo N° 10: Las calificaciones se expresarán utilizando una escala de 2.0 a 7 hasta con un decimal, para cada subsector de aprendizaje del Proyecto Pedagógico del Establecimiento.
La calificación mínima de aprobación deberá ser 4.0 (cuatro punto cero)
Artículo 11: Los alumnos deberán ser evaluados en todos los subsectores de aprendizaje del Plan de Estudio, en períodos trimestrales.
El número mínimo de calificaciones en cada subsector será el siguiente:
SUBSECTOR
La calificación mínima de aprobación deberá ser 4.0 (cuatro punto cero)
Artículo 11: Los alumnos deberán ser evaluados en todos los subsectores de aprendizaje del Plan de Estudio, en períodos trimestrales.
El número mínimo de calificaciones en cada subsector será el siguiente:
SUBSECTOR
1.- Lenguaje y Comunicación
Primer Ciclo: 5 notas
Segundo Ciclo: 5 notas
2.- Inglés: 4 notas
3.- Educación Matemática
Primer Ciclo: 5 notas
Segundo Ciclo: 5 notas
2.- Inglés: 4 notas
3.- Educación Matemática
Primer Ciclo: 5 notas
Segundo Ciclo: 5 notas
4.- Comprensión del Medio Social, Natural y cultural: 5 notas
5.- Estudio y Comprensión de la Naturaleza: 4 notas
6.- Estudio y Comprensión de la Sociedad: 4 notas
7.- Educación Tecnológica:
4.- Comprensión del Medio Social, Natural y cultural: 5 notas
5.- Estudio y Comprensión de la Naturaleza: 4 notas
6.- Estudio y Comprensión de la Sociedad: 4 notas
7.- Educación Tecnológica:
Primer Ciclo: 4 notas
Segundo Ciclo: 4 notas
8.- Educación Artística
Primer Ciclo: 4 notas
Segundo Ciclo: 4 notas
9.- Artes Visuales: 4 notas
10.- Artes Musicales: 4 notas
11.- Educación Física:
Segundo Ciclo: 4 notas
8.- Educación Artística
Primer Ciclo: 4 notas
Segundo Ciclo: 4 notas
9.- Artes Visuales: 4 notas
10.- Artes Musicales: 4 notas
11.- Educación Física:
Primer Ciclo: 4 notas
Segundo Ciclo: 4 notas
12.- Religión: (Concepto Trimestre)
Las calificaciones trimestrales por subsector de aprendizaje, será la resultante del promedio aritmético con un decimal.
Las calificaciones finales anuales por subsector de aprendizaje, corresponderán al promedio aritmético de los tres trimestres con un decimal con aproximación.
El promedio general anual de subsectores, corresponderá al promedio aritmético de ellos con un decimal sin aproximación.
Se debe evitar la calificación final anual 3,9 (tres coma nueve) en cada subsector de aprendizaje.
La calificación obtenida por los alumnos en el subsector de aprendizaje Religión, no incidirá en su promoción.
Artículo 12: Al término del año lectivo, el establecimiento no administrará un procedimiento de evaluación especial (examen).
Artículo 13: Se aplicarán eventos especiales de evaluación, a aquellos alumnos que por razones debidamente justificadas lo necesiten: para aquellos alumnos extranjeros que ingresan al año lectivo (examen de validación por subsectores) o que egresan antes del término del año escolar, por viaje al extranjero, situación que deberá ser resuelta por una comisión integrada por: Dirección, U.T.P., Profesor(a) Jefe y Profesor de Subsector.
Se aplicarán eventos de Evaluación Diferenciada a aquellos alumnos que lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente, previo diagnóstico de especialistas.
Artículo 14: Los alumnos del PIE serán calificados por el docente de Educación Común en el Área Técnico-Artística y Educación Física, y por el Profesor especialista en el Área Científico-Humanista que lo atiende en el Aula de Recursos, con adaptaciones curriculares.
Artículo 15: En el caso de los alumnos que se incorporarían al establecimiento sin calificaciones en el primer trimestre, se promediarán las calificaciones del 2° y Tercer Trimestre para obtener la Nota Anual. En el caso de los alumnos que provengan de un establecimiento de régimen de evaluación semestral; las calificaciones se adaptarán al régimen trimestral del establecimiento, con la debida orientación de la UTP.
Artículo 16: Los alumnos podrán eximirse en el subsector de Inglés, previo diagnóstico de especialista.
Artículo 17: Los alumnos deben conocer sus derechos y deberes respecto a su aprendizaje, cumplimiento de tareas y al mismo tiempo conocer prontamente el resultado de sus pruebas.
Artículo 18: Se calificará con la nota mínima 2,0 (dos coma cero), a aquellos alumnos que en reiteradas ocasiones se presenten sin su material o equipamiento deportivo, entorpeciendo el desarrollo de la clase y su desarrollo personal. En tal caso el alumno no evidencia progresos en su aprendizaje.
Artículo 19: Al no concurrir a una evaluación el alumno será evaluado en la clase siguiente con instrumento diferente.
Artículo 20: En caso de ausencias, el alumno será responsable del cumplimiento de sus compromisos evaluativos, excepto si su ausencia se prolongara hasta el día anterior al compromiso.
Segundo Ciclo: 4 notas
12.- Religión: (Concepto Trimestre)
Las calificaciones trimestrales por subsector de aprendizaje, será la resultante del promedio aritmético con un decimal.
Las calificaciones finales anuales por subsector de aprendizaje, corresponderán al promedio aritmético de los tres trimestres con un decimal con aproximación.
El promedio general anual de subsectores, corresponderá al promedio aritmético de ellos con un decimal sin aproximación.
Se debe evitar la calificación final anual 3,9 (tres coma nueve) en cada subsector de aprendizaje.
La calificación obtenida por los alumnos en el subsector de aprendizaje Religión, no incidirá en su promoción.
Artículo 12: Al término del año lectivo, el establecimiento no administrará un procedimiento de evaluación especial (examen).
Artículo 13: Se aplicarán eventos especiales de evaluación, a aquellos alumnos que por razones debidamente justificadas lo necesiten: para aquellos alumnos extranjeros que ingresan al año lectivo (examen de validación por subsectores) o que egresan antes del término del año escolar, por viaje al extranjero, situación que deberá ser resuelta por una comisión integrada por: Dirección, U.T.P., Profesor(a) Jefe y Profesor de Subsector.
Se aplicarán eventos de Evaluación Diferenciada a aquellos alumnos que lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente, previo diagnóstico de especialistas.
Artículo 14: Los alumnos del PIE serán calificados por el docente de Educación Común en el Área Técnico-Artística y Educación Física, y por el Profesor especialista en el Área Científico-Humanista que lo atiende en el Aula de Recursos, con adaptaciones curriculares.
Artículo 15: En el caso de los alumnos que se incorporarían al establecimiento sin calificaciones en el primer trimestre, se promediarán las calificaciones del 2° y Tercer Trimestre para obtener la Nota Anual. En el caso de los alumnos que provengan de un establecimiento de régimen de evaluación semestral; las calificaciones se adaptarán al régimen trimestral del establecimiento, con la debida orientación de la UTP.
Artículo 16: Los alumnos podrán eximirse en el subsector de Inglés, previo diagnóstico de especialista.
Artículo 17: Los alumnos deben conocer sus derechos y deberes respecto a su aprendizaje, cumplimiento de tareas y al mismo tiempo conocer prontamente el resultado de sus pruebas.
Artículo 18: Se calificará con la nota mínima 2,0 (dos coma cero), a aquellos alumnos que en reiteradas ocasiones se presenten sin su material o equipamiento deportivo, entorpeciendo el desarrollo de la clase y su desarrollo personal. En tal caso el alumno no evidencia progresos en su aprendizaje.
Artículo 19: Al no concurrir a una evaluación el alumno será evaluado en la clase siguiente con instrumento diferente.
Artículo 20: En caso de ausencias, el alumno será responsable del cumplimiento de sus compromisos evaluativos, excepto si su ausencia se prolongara hasta el día anterior al compromiso.
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